A continuación pasamos a responder distintas dudas que nos hacen llegar en relación a la vigencia, validez y renovación de los certificados de discapacidad, tomando en cuenta las disposiciones dictadas en dicha materia actualizadas a la fecha a través de la Resolución N° 106/2020 de la Agencia Nacional de Discapacidad publicada en el día de la fecha:
¿Se encuentra vencido sin prórroga mi certificado único de discapacidad que venció el día 18 de febrero de este año?
No. Dado que se encuentra alcanzado por la prórroga vigente. Para saber hasta cuando es dicha prórroga se toma como fecha el día 20 de marzo de 2020 y se cuentan 90 días corridos. Durante dicho periodo gozará de entera validez a todos los fines legales.
¿Se encuentra vencido sin prórroga mi certificado único de discapacidad que venció el día 14 de febrero de este año?
Si, dado que recién se encontraran prorrogados los certificados que vencieran a partir del 16 de febrero. Por lo Tanto deberá tramitar la renovación.
¿Tengo que renovar mi certificado de discapacidad que vence en estos días?
No por el momento, dado que encuentra comprendido en la prorroga por 90 días corridos que se cuentan a partir del 20 de marzo.
¿Puedo ahora tramitar el certificado único por discapacidad en caso de no tenerlo o debo esperar hasta la finalización del aislamiento obligatorio?
Si, ahora puede tramitarlo en caso de hacerlo por primera vez. Igualmente en caso en que ya lo haya tramitado y extraviado o en el caso que se encontrara vencido con anterioridad al 16 de febrero de 2020.
¿Como debo hacer para iniciar el trámite del certificado único de discapacidad por primera vez?
Deberá ponerse en contacto con la junta evaluadora de la discapacidad con jurisdicción donde UD reside, ya sea vía teléfono, whatsapp o email. Allí se le indicará la documentación que debe enviar a la junta. Si la misma puede enviarse vía digital así se lo hará, caso contrario deberá diligenciarse el soporte físico en la modalidad que quede establecida en dicha comunicación. Una vez que la junta de discapacidad examinara la documentación requerida, establecerá la fecha y horario del turno según la modalidad que describimos a continuación.
¿Será presencial la evaluación de la junta de discapacidad durante el aislamiento obligatorio?
Solamente en aquellos casos en donde la persona no cuente con los medios tecnológicos para ser evaluada por la vía virtual, por ejemplo en caso de no poseer celular o este no contener dispositivo de videollamada por whatsapp, y que no exista otra vía disponible de telecomunicación.
¿Como hago para obtener mi certificado de discapacidad que necesito de forma urgente y la junta de discapacidad de mi jurisdicción se encuentra muy congestionada?
Ante todo deberá en la primera comunicación con dicha junta hacerse saber los motivos de la urgencia y que es impostergable, para que de esta manera pueda la junta de su jurisdicción comunicarse con la junta evaluadora perteneciente a la Agencia Nacional de Discapacidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que esta última pueda llevar a cabo la evaluación, que será a través de videollamada si UD es del interior, o bien disponga las medidas a seguir.
RECOMENDACIONES FINALES
Ante que todo comuníquese de forma telefónica con la junta de discapacidad. En los distintos buscadores encontrará fácilmente el número de teléfono. Insista en los llamados durante un par de día puesto que pueden tener días u horarios alternados. Envíe paralelamente un email.
Una vez que logre comunicarse tenga a mano lápiz y papel para anotar la documentación que deberá llevar, y el medio en que deberá diligenciarse la misma, horarios, etc. Si es caso urgente haga saber ello a los fines que, encontrándose congestionada por una gran cantidad de casos en relación al personal de servicio pueda la junta de su jurisdicción poner en contacto con la junta perteneciente a la ANDIS y llevar a cabo esta última la evaluación y disponer las medidas que corresponda.
Dr. Juan Manuel Posse
Abogado dedicado a los derechos de las personas con discapacidad
Provincia de Tucuman.
No hay comentarios:
Publicar un comentario