jueves, 12 de enero de 2012

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS Y SOBRE ASIGNACION UNIVERSAL

Dos pequeñas guías referidas a preguntas frecuentes sobre 1) pensiones no contributivas y 2) asignación universal; extraidas de las páginas de Desarrollo Social de la Nación  y de ANSES. En nuestra ciudad la Cominsión de Pensiones Asistenciales funciona en calle Crisóstomo Alvarez y Av. Alem. donde se gestionan las pensiones no contributivas y se reciben distintas consultas sobre los trámites de los beneficios.A su vez se dispone de una linea gratuita 0800 333 2600 con distintos internos a los fines de obtener información sobre los beneficios.
Hay que tener en cuenta que los pagos de las pensiones no contributivas no son retroactivos, por lo que la demora en su tramitación que obedece a causas de la propia burocracia es necesaria sea corregida en la medida de lo posible, puesto que aún acreditados los requisitos para gozar del beneficio, los trámites sin embargo pueden demorar varios meses. Entonces si hablamos de un beneficio creado a los fines de contribuir a satisfacer las necesidades básicas insatisfechas, encontramos aquí una importante traba burocratica que amerita su consideración, ya sea extendiendo la retroactividad a determinados periódos o bien disponiendose pagos provisorios sujetos a rendición de cuenta cuando prima facie los requisitos se encuentren acreditados y sea menester cubrir determinadas necesidades, ello sin perjuicio de un estudio a fondo para agilizar los trámites aprovechando las tecnologías con las que hoy cuenta el estado a nivel de transferencia de la información.
Dr. Juan Manuel Posse

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS
PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS
¿Cómo se determina si corresponde el otorgamiento de una pensión?
Para determinar la posibilidad de otorgamiento se tiene en cuenta el lugar de residencia, la situación
familiar, social y económica del solicitante, hijos y familiares convivientes.
¿Todas las pensiones no contributivas son vitalicias?
Las pensiones a la Vejez, por Invalidez y por Madres de 7 o más hijos son vitalicias en tanto se mantengan
las condiciones que dieron lugar a su otorgamiento.
Las pensiones Graciables son otorgadas por 10 años y pueden ser prorrogadas por igual período. Los
pensionados son notificados por correo de su obligación de presentar Declaración Jurada y documentación
que acredite no encontrarse incurso en las incompatibilidades previstas por la Ley de Prórroga.
Una persona que percibe prestaciones de programas sociales y/o subsidios transitorios ¿puede
acceder a una pensión no contributiva?
La normativa vigente no establece incompatibilidades con otros programas sociales nacionales, provinciales
o municipales, sin embargo debe tenerse en cuenta las compatibilidades e incompatibilidades que
establecen algunos programas para el caso de acordarse una Pensión No Contributiva.
¿Pueden iniciar trámites aquellas personas que tienen una pensión no contributiva provincial y/o
municipal?
Las Pensiones No Contributivas nacionales son incompatibles con otro régimen No Contributivos nacional,
provincial o municipal, como así también con todo régimen previsional o de retiro.
Aquellas personas que tengan una pensión Graciable Nacional ¿pueden tramitar una pensión No
Contributiva nacional?
Sí, pueden iniciarla. En caso de otorgamiento se requerirá una Declaración Jurada manifestando la voluntad
de dar de baja la pensión Graciable Nacional.
En los casos de matrimonio ¿se puede tramitar pensión a ambos cónyuges?
Cuando se trate de matrimonio, las pensiones No Contributivas a la Vejez, por Invalidez y por Madres de 7 o
más hijos sólo pueden tramitarse a favor de uno de los cónyuges; salvo que éstos se encuentren
divorciados, separados legalmente o de hecho.
PENSION A LA VEJEZ
Un titular de pensión No contributiva a la Vejez ¿puede iniciar pensiones por Invalidez para parientes
con invalidez a su cargo?
La normativa establece que sólo pueden otorgarse hasta dos pensiones por Invalidez a los familiares a
cargo de un titular de derecho a la Vejez; siempre y cuando no se trate del cónyuge.
El límite de dos pensiones por grupo familiar no puede trasladarse por analogía a otras pensiones no
contributivas.
¿Un sujeto de derecho que se encuentre divorciado, separado legalmente o de hecho de un titular de
pensión a la Vejez puede a su vez tramitar una pensión a la Vejez para sí?
Puede iniciar el trámite, para lo cual deberá adjuntar testimonio de la sentencia de divorcio o partida de
matrimonio dando cuenta del mismo, o información sumaria con dos testigos para acreditar la separación de
hecho, y /o desconocimiento del paradero del ex cónyuge.
En caso de ausencia con presunción de fallecimiento deberá acompañar testimonio certificado de la
sentencia que así lo declare.
¿Cómo se procede en las transferencias por fallecimiento del titular de pensión a la Vejez
establecida en el Decreto Nº 1450/05?
Al fallecer un titular de pensión a la Vejez, tiene derecho a solicitar la pensión el cónyuge y/o pareja
conviviente mayor de 70 años o incapacitado para el trabajo y a cargo del causante a la fecha del deceso.
Requisitos:
• Se deben reunir la totalidad de los requisitos previstos por el Decreto Nº 582/03 (Vejez).
• Sólo a efectos de acreditar la incapacidad laborativa se debe presentar el certificado médico tal como
determina el Decreto Nº 432/97 (Invalidez).
Vigencia:
• Si la solicitud se presenta dentro de los tres meses de fallecido/a el/la titular, se abonará a partir del día
siguiente a la fecha de fallecimiento.
• Si la solicitud se presenta pasados los tres meses del fallecimiento, se abonará a partir del primer día del
mes siguiente al de la solicitud.
PENSIONES POR INVALIDEZ
¿Pueden los menores de edad solicitar pensiones por Invalidez?
Las pensiones para menores de 18 años deben ser requeridas por su representante (padre / madre, tutor o
guardador).
Los menores adultos entre los 18 y 21 años con discapacidad física pueden realizar sus propios trámites al
igual que los menores emancipados.
Si los padres cobran salario por hijo discapacitado y/o lo tienen a cargo en alguna obra social,
¿pueden iniciar el trámite de pensión por Invalidez?
No existe incompatibilidad. El otorgamiento dependerá del monto de los ingresos de los padres y de la
capacidad de sostenimiento del hijo discapacitado.
¿Cuántas pensiones por Invalidez son posibles tramitar por grupo familiar?
Tantas como incapacitados haya en ese grupo familiar, exceptuando el caso de ambos cónyuges.
En el caso de que alguno de los padres sea titular de una pensión a la Vejez, se podrán otorgar hasta dos
pensiones por Invalidez para sus hijos.
¿Qué pensionados tienen derecho al cobro de asignaciones familiares?
• Sólo pueden cobrar asignación familiar y ayuda escolar (de preescolar a secundaria) los titulares de
pensión por Invalidez (Ley Nº 18.910).
• La asignación familiar comprende a los hijos, cónyuge y familiares a cargo del titular de derecho.
• Hijos: deben ser menores de 18 años o mayores discapacitados.
• Cónyuge: por esposa en todos los casos; por esposo , sólo si es discapacitado.
• Familiar a cargo: únicamente en los casos de guarda judicial, tenencia legal o tutela, otorgada en forma
definitiva por juez competente.
• No corresponde pago de asignación familiar por nacimiento, adopción de hijo o matrimonio.
PENSION POR MADRES DE 7 O MAS HIJOS
Una pensionada por Madres de 7 o más hijos, quien no tenga a cargo a sus hijos menores ¿puede
percibir la pensión?
Sí. La ley no establece impedimentos para que la pensionada cobre la pensión.
¿En qué casos un titular de pensión No Contributiva por Madres de 7 o más hijos puede iniciar
trámite de pensión por Invalidez a otros miembros del grupo familiar?
En el caso de titulares por Madres de 7 o más hijos no se establecen límites en cuanto a la cantidad de
trámites por Invalidez que puede iniciar para los miembros del grupo familiar.
Sin embargo, el cónyuge de una pensionada por Madres de 7 o más hijos no puede ser titular de derecho a
la Vejez o por Invalidez; pudiendo ser titular de cualquier otra prestación.
En caso de transferencia de pensión por Madres de 7 o más hijos, siendo alguno/s de los derechohabientes
incapacitado/s, no existe inconveniente en iniciar para éste trámite de pensión por Invalidez; transfiriendo la
pensión por Madres para el resto del grupo familiar.





PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE ASIGNACIÓN UNIVERSAL (PAGINA DE ANSES)

¿A cuáles Asignaciones Familiares tengo derecho por ser un beneficiario de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social?
Las únicas Asignaciones Familiares Universales a las que tienen derecho los beneficiarios son:
Hijo
Hijo con Discapacidad
¿Cuánto me van a pagar por esta Asignación Universal por Hijo e Hijo con Discapacidad?
Los montos serán de $ 220 por hijo y $ 880 por hijo con discapacidad. Se aclara que mensualmente se liquidará el 80 % de estos montos ($176 por hijo y $704 por hijo con discapacidad) porque el 20% restante ($44 por hijo y $176 por hijo con discapacidad) sólo se hará efectivo una vez al año si se cumple con el requisito de escolaridad, control sanitario y Plan de Vacunación establecidos en el Decreto Nº 1602/09.
Si no mando a los chicos por los que cobro la asignación al colegio o no los vacuno (si son menores de cuatro años), ¿no voy a cobrar ese 20 %?
Si no envía a los chicos al colegio (a partir de los cinco años) o no cumple con el Plan de Vacunación obligatorio (cuando son menores de cuatro años), no sólo no cobrará ese 20 % que se abona contra la presentación de los certificados, sino que tampoco seguirá cobrando el 80 % de la asignación que se paga mensualmente.
¿A quién se le pagará esta asignación?
Se pagará a uno solo de los padres, tutor, curador, guardador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado, por cada menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado.
Asimismo, tiene que estar en uno de estos grupos:
  • Desocupados
  • Trabajadores no registrados (que ganen un monto igual o menor al mínimo, vital y móvil)
  • Servicio doméstico (que ganen un monto igual o menor al mínimo, vital y móvil)
  • Monotributistas sociales
¿Qué tengo que hacer para cobrar esta asignación?
Sólo tiene que verificar que el grupo familiar esté registrado en las bases de ANSES. Para ello, puede enviar un mensaje de texto ($ 0,16 más impuestos) desde su celular al número 26737 con los siguientes datos: la palabra HIJOS, dejar un espacio, el Nº de DNI del padre/madre/tutor, dejar espacio, y la letra M (si el encargado del menor es hombre) o la letra F (si es mujer). Por ejemplo: HIJOS 21469278 M
Si está registrado, el sistema le responderá “Sí”, indicando el número de hijos registrados. Si no está registrado, le dirá “Por favor, comuníquese al 130”.
Si estoy registrado en las bases de ANSES, ¿qué debo hacer?
No tiene que hacer nada.

Además, desde el 26 de noviembre, ud. puede enviar un mensaje de texto desde su celular al
26737 con la palabra COBRO, dejar un espacio, el Nº de DNI del padre/madre/tutor, dejar espacio, y la letra M (si el encargado del menor es hombre) o la letra F (si es mujer). Por ejemplo: COBRO 21469278 M

El sistema le enviará un mensaje de texto con las indicaciones a seguir.
Si no estoy registrado en las bases de ANSES, ¿qué debo hacer?
Deberá presentar el DNI de cada miembro del grupo familiar más las partidas de nacimiento, en originales y fotocopias, incluyendo la página del DNI con el domicilio actualizado, en los siguientes puntos:
Para ver los puntos de atención correspondientes a cada una de las opciones haga click sobre el nombre del acceso.
¿Cómo sé cuál es el banco que ANSES me asignó para pagarme esta asignación?
A partir del 26/11, los beneficiarios de la Asignación Universal podrán consultar su lugar y fecha de cobro del siguiente modo:
  • a través de la página web de ANSES, en la sección Autopista de Servicios;
  • a través de la consulta telefónica en el número gratuito de ANSES 130
  • enviando un mensaje de texto desde un celular al número 26737.
Trabajo en el servicio doméstico. ¿También puedo cobrar esta nueva asignación?
Sí, también podrán cobrar esta nueva asignación, pero se abonará siempre que cumplan con los requisitos establecidos y que su remuneración bruta declarada sea menor o igual al salario mínimo vital y móvil (hoy de $ 1440).
¿Cómo cobro la Asignacion Universal por Hijo si no poseo DNI?
Aquellos beneficiarios que tengan liquidada la Asignación Universal por Hijo y no cuenten con su Documento Nacional de Identidad por haberlo extraviado o haberle sido robado, sólo podrán retirar la Tarjeta Magnética para el cobro de la prestación presentando:
  • Constancia de DNI en trámite emitida por el Registro Nacional de las Personas donde conste Nombre y Apellido y número de Documento de Identidad, junto con Pasaporte ó Cédula de Identidad ó Registro de Conductor vigente, del que surja el mismo número de Documento de Identidad y el mismo Nombre y Apellido que los registrados en la Constancia citada.
Estoy cobrando un plan social. ¿Me van a pasar a esta nueva asignación? ¿El pase es obligatorio?
Sólo por los meses de noviembre y diciembre de 2009, se les liquidó a los titulares de los programas/ planes indicados a continuación, y que cumplieron con los requisitos para la percepción de la Asignación Universal, las diferencias entre el monto que les correspondía percibir en concepto de esta última y lo que percibieron en concepto de los programas/ planes:
  • Plan Familias
  • Plan Jefas y Jefes de Hogar
  • PEC (Programa de Empleo Comunitario)
  • Talleres protegidos de Producción.
  • Seguro de Capacitación y Empleo (con y sin CUIT informado).
  • Terminalidad Educativa, Formación profesional y práctica Laboral en Crédito Fiscal.
  • Programa Jóvenes con Mas y Mejor Trabajo.
  • Compensación de Gastos Traslado y Refrigerio (Res. 747).
Si el importe liquidado por los Ministerios era menor a la liquidación de la Asignación Universal  por Hijo para Protección Social, el importe resultante,  se puso al pago en el mismo medio de pago donde venían percibiendo el Plan / Programa .
El Decreto habla de la inclusión del monotributista social. ¿Por qué no estaría incluido un monotributista regular, que tal vez tenga ingresos bajos? ¿Qué pasa con los adheridos al régimen de autónomos?
El Decreto Nº 1602/09 no contempla el pago de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social para el trabajador monotributista regular ni para el trabajador autónomo. Sólo hace mención a la correspondencia de la Asignación Universal para los Monotributistas Sociales que cumplan con el resto de los requisitos.
Vivo en la Argentina con mi hijo, pero mi cónyuge/pareja vive fuera del país. ¿Me corresponde la Asignación Universal por Hijo para Protección Social?
Sí, siempre y cuando el padre o la madre y el hijo vivan en la Argentina y cumplan con el resto de los requisitos para la percepción de esta Asignación Universal.
Estoy divorciado/separado de hecho/separado legalmente, y tengo la tenencia de mi hijo, pero mi ex pareja percibe alguna prestación contributiva o no contributiva. ¿Puedo cobrar la Asignación Universal por Hijo para Protección Social?
No, atento que el Art. 1º del Decreto Nº 1602/09 establece que la Asignación Universal será destinada a “aquellos niños, niñas y adolescentes que pertenezcan a grupos familiares que se encuentren desocupados o se desempeñen en la economía informal”, por lo que si alguno de los padres percibe alguna prestación (contributiva o no contributiva), el grupo familiar no se encuentra desprotegido.
No tengo DNI, pero sí lo tienen mi hijo y mi pareja. ¿Puedo cobrar la Asignación Universal por Hijo para Protección Social?
Sí. Se liquidará al progenitor que cuente con el documento requerido, siempre que tanto los progenitores como el hijo cumplan con el resto de los requisitos establecidos para el cobro de esta Asignación Universal.
Mi grupo familiar está compuesto por mí, mi cónyuge y 5 hijos menores de 18 años, pero uno de mis hijos trabaja en relación de dependencia. ¿Me corresponde el pago de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social?
Sí, pero sólo se liquidará la asignación por los 4 hijos restantes y en la medida en que ambos padres y esos 4 hijos cumplan con el resto de los requisitos establecidos para cobrar la Asignación Familiar.
¿Me corresponde el pago de la Asignación Universal si uno o ambos padres estamos suspendidos en el empleo formal y/o solicitamos una Licencia por Excedencia o cualquier otra licencia sin goce de haberes?
No, porque no se encuentran desocupados.
Soy titular de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social. ¿Puedo designar un apoderado para percibir esta asignación?
Si. La Asignación Universal por Hijo para Protección Social sólo podrá percibirse en forma transitoria a través de un “Apoderado” cuando:
  • El titular de la Asignación Universal se encuentre imposibilitado para movilizarse, situación que requiere la presentación ante ANSES de original de un Certificado Médico Oficial, del que surja la causa del impedimento como así también la fecha estimada de la finalización del mismo.           
    Se entiende que una persona se encuentra imposibilitada para movilizarse cuando padece algún problema físico o de salud, que lo obliga a estar internado o con prescripción médica de reposo por un tiempo determinado.
  • El titular de la Asignación Universal se encuentre privado de su libertad, situación que requiere la presentación ante ANSES de original de un Certificado Oficial expedido por el Responsable de la Unidad Penitenciaria donde se encuentre detenido, o copia de la Sentencia de Condena del que a su vez surja el tiempo de privación estimada, de corresponder.

El titular de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social sólo podrá designar como “Apoderado” a su
  • Cónyuge (acreditando el vínculo con el original y copia de la Partida de Matrimonio y con la documentación que acredite su identidad)
  • Conviviente (acreditando el vínculo con original y copia de Información Sumaria de Convivencia y con la documentación que acredite su identidad)
  • Pariente por Consanguinidad hasta el tercer grado -padres, abuelos, hermanos y/o tíos del titular de la Asignación Universal
La designación de un “Apoderado” para percibir la Asignación Universal por Hijo para Protección Social será transitoria y por el tiempo que figure en el Certificado Médico ó en el Certificado Oficial citados en los Puntos a) y b) de la presente ó hasta la fecha en que fueran revocados expresamente (ya sea por el titular o por el Apoderado) ó hasta la fecha en que se presente una nueva designación.
¿A quién se considera Pariente por Consanguinidad hasta el tercer grado y con qué documentación se acredita el vínculo para tener derecho a cobrar la asignación?
A) Pariente por Consaguinidad designado como TITULAR de la Asignación Universal por Hijo para protección Social:
  • Abuelo del menor o discapacitado,
  • Tío del menor o discapacitado, o
  • Hermano mayor de 18 años del menor o discapacitado.
La documentación que se deberá presentar para este caso es original y copia de Información Sumaria Judicial, o en su defecto, informe de profesional competente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, que acredite a la vez las siguientes condiciones: parentesco, convivencia con el niño, adolescente o persona discapacitada, que se encuentre a su cargo; y que no exista guardador, tutor o curador designado judicialmente.
B) Pariente por Consaguinidad designado como REPRESENTANTE O APODERADO del titular de la Asignación Universal por Hijo para protección Social:
  • Padre, del titular de la Asignación Universal por Hijo para protección Social,
  • Abuelo del titular de la Asignación Universal por Hijo para protección Social,
  • Tío del titular de la Asignación Universal por Hijo para protección Social, o
  • Hermano mayor de 18 años del titular de la Asignación Universal por Hijo para protección Social.
La documentación que se deberá presentar para este caso es original y copia de Información Sumaria Judicial de la que surja el parentesco con el titular junto con la documentación que acredite la identidad del pariente.


32 comentarios:

  1. QUISIERA QUE ME INFORMEN CUANTO ES EL MONTO DE LA PENSION NO CONTRIBUTIVA, YO SOY DE QUILMES Y TENGO ENTENDIDO QUE HAY 2 VALORES PARA LAS PENSIONES, EL NACIONAL Y EL PROVINCIAL.

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  2. TENGO UN NENE DE 5 AÑOS Y TIENE COMO DIAGNOSTICO DE BASE EPILEPSIA REFRACTARIA Y RETRASO MENTAS ADEMAS TIENE UN QUISTE EN LA CABEZA( YO CREO QUE ESTE ES EL QUE LE PRODUCE EL RETRASO). EL CASO ES QUE SOY SOLTERA Y LO ÚNICO QUE TENGO DE INGRESO ES EL "SALARIO UNIVERSAL" Y RECIÉN A FINALES DEL AÑO PASADO LE INICIE EL TRAMITE DE LA PENSIÓN POR INVALIDEZ. LO QUE QUIERO SABER ES SI TAMBIÉN LE CORRESPONDE EL SALARIO UNIVERSAL POR DISCAPACIDAD (APARTE DE LA PENSIÓN O SOLO UNO PUEDE PERCIBIR). ÉL YA POSEE EL CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD.

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  3. Tengo una pension por madre de 7 hijos y tengo 6 msnores mas que no los tengo en la pension ¿Tengo derecho a algo adicional o as a cobrar la asignacion por hijo?

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  4. Me podrían informar,, mi hijo discapacitado de 11 años cobra una pensión no contributiva, pero la asignación universal por discapacidad no, pegunta son incompatibles o es posible su cobro, que debo hacer?

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  5. yo quiero agradecer que en un año me otorgaron el benefico por discapacidad para mi es una ayuda ya que por mi enfermedad estoy imposibilitado psiquicamente de realizar tareas gracias señores ejecutivos de desarrollo social

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  6. ósea q al momento de cobrar una pensión no contributiva solo será al monto q corresponde a un mes

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  7. tengo una hija con sindrome de dow y hace 4 años estoy gestionando la pension de la cual sale denegado .. tengo un gasto de 6000 pesos al mes de sus terapias de la cual la obra social no se hace cargo estoy gestionando el recurso de amparo que tambien estoy esprando y nada.. mi marido cobra 10000 pesos x mes por eso no me dan la pension???

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  8. tengo una hija con sindrome de dow y hace 4 años estoy gestionando la pension de la cual sale denegado .. tengo un gasto de 6000 pesos al mes de sus terapias de la cual la obra social no se hace cargo estoy gestionando el recurso de amparo que tambien estoy esprando y nada.. mi marido cobra 10000 pesos x mes por eso no me dan la pension???

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  9. Buenas quisiera saber yo estoy separada y yo cobro el salario de mis dos hijas por discapacidad y me lo bajaron desde que el trabaja en blanco y ahora tengo que hacer el tramite para la pension alimenticia pero que hay de cierto que me pueden quitar mi pension si yo le lo denuncio por favor necesito una respuesta desde ya gracias

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  10. Buenas tardes mi hijo tiene 30 años y una pensión no contributiva por discapacidad; ¿puedo tramitar el subsidio como madre por hijo discapacitado que no limita en edad? porque es una forma dado que la pensión que percibe es minima , ayudarlo. IMPORTANTE DE SER ASI INVALIDA O PERJUDICA SU PENSIOn? soy monotributista. artesana

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  11. Buenas tardes quiero cambiar de Banco, actualmente cobro en Banco Nacion y quiero cambiar al Banco Provincia de Bs.As. sucursal 4032 Olivera, Av. Eva Peron 4834 Capital Federal. Me es engorroso y dificil trasladarme al centro no puedo viajar solo y tengo que molestar a parientes que trabajan y no pueden faltar, podrian ustedes hacerme el cambio sin necesidad de ir. Gracias.

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  12. mi esposo falleció, y cobraba una pensión no contributiva. Durante su enfermedad no cobró algunos meses ya que no podía moverse. Fui al Banco Nación y me explicaron que el dinero volvió a ANSES, necesito saber como debo cobrar lo adeudado hasta el día de su fallecimiento.

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  13. hola . yo cobro pension graciable,beneficio 40. me pasron el salario por hijo a mi porque el padre se jubilo. me pagan por hijo 335pesos, ¿deberia cobrar mas . que es lo que pASA ,

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  14. hola . yo cobro pension graciable,beneficio 40. me pasron el salario por hijo a mi porque el padre se jubilo. me pagan por hijo 335pesos, ¿deberia cobrar mas . que es lo que pASA ,

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  15. hola . yo cobro pension graciable,beneficio 40. me pasron el salario por hijo a mi porque el padre se jubilo. me pagan por hijo 335pesos, ¿deberia cobrar mas . que es lo que pASA ,

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  16. hola . yo cobro pension graciable,beneficio 40. me pasron el salario por hijo a mi porque el padre se jubilo. me pagan por hijo 335pesos, ¿deberia cobrar mas . que es lo que pASA ,

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  17. holq yo cobro una pension no contributiva y trabajo en negro la puedo perder

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  18. holq yo cobro una pension no contributiva y trabajo en negro la puedo perder

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  19. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  20. Hola yo quiero saber si puedo cobrar una pensión soy operada de hernia de disco y una desviación en la columna

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  21. Hola yo quiero saber si puedo cobrar una pensión soy operada de hernia de disco y una desviación en la columna

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  22. Hola quisiera saber si puedo cobrar una pension soy operada de hernia de disco y una desviación en la columna

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  23. Hola, mi hijo tiene una pension no contributiva, puedo hacer el tramite para cobrar asignacion universal por el, sin perder la pension?

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  24. Cobro asignación universal por hijos,necesito tramitar pensión no contributiva por incapacidad,pierdo el beneficio de mis hijos?

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  25. Puedo cobrar pension x discapacidad x mi hijo hasta ke me salga pension x nvalidez

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  26. Hola hace 5 año mi hijo emanuel cesar danel .Francia d n.i 50554346 iso su pencion y hasta ahora nada

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  27. Hola,el padre de mis hijos cobra una pensión otorgada por la nación.le corresponde cobrar asignación familiar?ya que no me pasa un peso...

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  28. Hola cobro pnc recibo retroactivo? De la asignación universal por hijo?

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  29. Buenas hace año y medio inicie el tramite de pnc mi trámite esta en resolución hace 8 meses puede agilizar me el tramite X favor estoy sin recursos y tengo una menor a cargo mi numero de expediente es 041-27-24515378-9-055-1x favor agradecería me de una respuesta satisfactoria gracias

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  30. iasSoy jubilado,hace dos meses se me dejo de pagar el salario familiar por conyugue,hay algun nuevo decreto o ley que impida el pago,desde ya muchas grac

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  31. Yo inicie el trámite por la pensión no constributiva por discapacidad en el 2016, pero me dieron el alta recién en mayo de 2017 y desde ese día a la fecha no tengo ninguna novedad, cada vez q pregunto me dicen q ya está en tratamiento. Cuánto más tengo q esperar? O debo de iniciar todo de nuevo?

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