domingo, 25 de febrero de 2018

ESCUELAS COMUNES: LO QUE DEBEN SABER LOS PAPÁS SOBRE LA RESOLUCIÓN 311

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Está norma fue dictada a fines del año 2016 por el Consejo Federal de Educación y de aplicación obligatoria en todas las provincias.

Prohíbe negar la inscripción de un alumno por motivo de discapacidad, siendo ello penado como acto discriminatorio, con las sanciones de la ley penal, civil y administrativas.

Deben garantizarse los apoyos necesarios para que los alumnos con discapacidad aprendan en igualdad de condiciones. Aquí la intervención de la modalidad especial a los efectos de mejorar la inclusión en la escuela común, brindando apoyos y recursos.

El boletín del estudiante con discapacidad debe ser el mismo que se emiten a todos los demás alumnos.

En caso que curse el alumno con un proyecto pedagógico individual (PPI) deberá ser el mismo evaluado y calificado de acuerdo a ese proyecto, lo cual de así suceder pasará de grado, año, ciclo y nivel, otorgándose un mismo título oficial de educación común, que habilitará el ingreso al nivel universitario o terciario.

1 comentario:

  1. La ley prohíbe denegar el ingreso, pero si te dicen que los cupos están cubiertos cuando se enteran que tu hijo tiene una discapacidad, te tenés que ir bajando la cabeza porque no te dan opción. 25 escuelas recorrí en el 2011 hasta que aceptaron a mi nena. Una locura que esto siga sucediendo.

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