domingo, 22 de abril de 2012

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE DISCAPACIDAD N° 2 (DR. JUAN MANUEL POSSE)

Este es el segundo número de una pequeña guía de preguntas frecuentes sobre discapacidad que he elaborado en base a distintas consulta que recibo sobre la temática, tratando de utilizar un lenguaje claro y comprensivo para la utilidad de todos los interesados. Muchas gracias. Dr. Juan Manuel Posse


PREGUNTA N° 6: EN LA JUNTA DE DISCAPACIDAD NO LE QUIEREN DAR EL CERTIFICADO A MI HIJA DE 1 AÑO QUE PADECE UNA RARA ENFERMEDAD LLAMADA HISTIOCITOSIS,UN TIPO DE CANCER, HAY 3 CASOS EN TUCUMAN LOS OTROS 2 NENES ESTAN EN LAS MISMAS CONDICIONES QUE MI NENA Y YA TIENEN EL CERTIFICADO. POR QUÉ HAY TANTA DISCRIMINACION EN EL MUNDO?????????????? POR QUÉ DIOS NO LOS BENDICE CON ANGELITOS DIFERENTES!!!!!!!!!!!!! (GABY)

RESPUESTA. Hola Gaby: Punto 1). El cáncer o la enfermedad rara no es sinónimo de discapacidad. Muchas veces son los mismos padres, familiares o pacientes quienes se autodiscriminan colocándose ellos mismos en una situación que no es tal. No obstante ello, existe numerosa normativa que le garantiza el acceso a la cobertura de su salud. Punto 2) En lo posible deberías contactarte con esas familias para constatar a) los criterios por los que se les otorgaron la discapacidad que constan en el mismo certificado y b) si tu hija reúne esos criterios (o aún más) conforme las historias clínicas que presentaste en Junta. Si esto es así, se te debería otorgar el certificado.

PREGUNTA N° 7: hola!!! Mi hijo es portador de cardiopatia congenita... eso se considera discapacidad??? lo perjudicaria en algo poseer certificado de discapacidad??? lamentablemente sigue habiendo prejuiciosos y me da miedo que lo perjudique cuando sea mayor y busque trabajo... (LUCIANA)

RESPUESTA. Debe valorarse el grado de la cardiopatia a través de los miembros de la Junta de Discapacidad con todos los estudios que ellos te pidan. El certificado de discapacidad se compone básicamente de dos partes: diagnostico y orientación prestacional. Y es a los fines que las obras sociales y/o el estado provincial brinen en forma integral todas aquellas coberturas que según el diagnóstico establecido requiere la persona con discapacidad. A más de ellos, numerosos beneficios se suman, pero de ninguna manera significa una imposibilidad de trabajar, etc, etc, puesto que ello no evalúa la junta sino que corresponde a otras dependencias estatales. No representa ninguna incapacidad. Lo único que significa es ser la puerta para gozar de las prestaciones de rehabilitación y otras en beneficio del portador

PREGUNTA N° 8"BUENAS NOCHES DR. SOY DE BS AS , QUERIA CONSULTARLE ACERCA DEL TRANSPORTE QUE ES LO QUE LA OBRA SOCIAL DEBE CUBRIR CUANDO UNO SOLICITA UN REMIS PARA CONCURRIR A UN TRATAMIENTO YA QUE A MI ESPOSO LE DIJERON QUE HAY UN VALOR QUE ELLOS ABONAN Y LA DIFERENCIA LA DEBEMOS ABONAR NOSOTROS. GRACIAS POR SU RESPUESTA, LA ESPERAMOS." (LILIANA DE LOMAS DE ZAMORA, PROV. DE BS. AS.)

RESPUESTA: Hola Liiana actualmente el valor por km es $3,67 segun resolución 2032/11 del Ministerio de Salud de la Nación, para las personas con discapacidad que no pueden emplear el transporte público de pasajero. Por lo tanto tendrias que buscar un servicio de transporte particular que facture esos montos sino la deferencia la pagas vos en principio, salvo que justifiqués la necesidad del empleo de servicios y recursos por encima de losvalores estatiudos, ejm, región desfavorable, grado de dependencia, seguro, acompañante, etc.

PREGUNTA N° 9"MI BEBE NACIO CON SINDROME DE DOWN. Y YA TIENE UN AÑO... ¿A PARTIR DE QUE EDAD TENGO MAESTRA INTEGRADORA. (MIRTA)

RESPUESTA. Antes que nada habrá que estar al desarrollo madurativo del niño para indagar sobre la conveniencia de asistir a una escuela común con maestra de apoyo a la integración escolar, o bien a escuela especial o centro educativo terapéutico. Ya desde los 3 años puede contar con la maestra integradora. Asi dispone la Ley 24901 ARTICULO 21: "Educación inicial. Educación inicial es el proceso educativo correspondiente a la primera etapa de la escolaridad, que se desarrolla entre los 3 y 6 años, de acuerdo con una programación especialmente elaborada y aprobada para ello. Puede implementarse dentro de un servicio de educación común, en aquellos casos que la integración escolar sea posible e indicada."
La recomendación es la de cuanto más antes mejor porque de ello dependerá en gran medida la debida y fructífera inclusión del niño en la escolaridad común. Actualmente estoy llevando un caso de un niño afiliado al I.P.S.S.T. de 3 años de edad con TGD con Hiperactividad que asiste a Sala de 4 en una escuela pública, donde ya los padres hicieron el acta de compromiso y solicitamos a la Dirección de Educación Especial, como órgano competente de la Ley 7857 a través de sus equipos de integración faciliten el acompañamiento, y que sin obtener respuestas vamos a iproceder por la vía judicial para el reconocimiento del equipo que a la fecha asiste al niño.

SUGERENCIA. Tramitar el Certificado de Discapacidad, fijarse bien la Orientación Prestacional que se determine (prestaciones educativas, centro educativo terapeutico). Consultar las dudas con el equipo de estimulación temprana, con el médico neuorólogo y con los profesionales que llevan a cabo procesos de integración (prof o lic en educacion especial, equipos, establecimientos, pedagogos, psicopedag, etc).

PREGUNTA N° 10: Soy de tucuman y por rasones de trabajo estoy en campana provincia de bs as tengo una nena discapacitada tengo el pase para viajar y nunca consigo pasaje tengo q viajar a tucuman y no es posible que tengo que hacer. (Mariza)

RESPUESTA: Para el caso de viaje interporvincial, debés contar con el Certificado de Discapapacidad incluso el emitido en Tucumán que tiene validez en todo el territorio de la nación. Te presentás con 48 hs de antelación en la terminal, con ese certif y una fotoc de DNI de la nena y tuya (en caso que el certifif diga "con acompañante:si"). No te deberian hacer ningún cuestionamiento y darte los pasajes en cualquier boleteria (y no derivarte a la sede de la empresa). No deberian fijar ningún cupo, ni pedirte carta de pobreza, ni evaluar la discapacidad, ni cobrarte un "seguro", ni limitar el horario de atención. Con el pedido de pasaje, en caso de no otorgartelo inmediatamente, te deberian extender un recibo que efectuaste el pedido, a los fines de retirar posteriormente el pasaje. La denuncia se la hace en la CNRT, en la Defensoria del Pueblo, en el INADI, etc.

Dr. Juan Manuel Posse
doctorposse@yahoo.com.ar
S. M. de Tucumán.

sábado, 21 de abril de 2012

RESOLUCIÓN 2032/11. DISCAPACIDAD. ARANCELES DE PRESTACIONES BÁSICAS.

                Por medio de la Resolución 2032/11 del Ministerio de Salud se actualizaron los aranceles del sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad
 
                                                             


                     fuente.http://test.e-legis-ar.msal.gov.ar/leisref/public/showAct.php?id=18648