miércoles, 4 de enero de 2012

REFLEXIÓN SOBRE ORDENANZA SOBRE CARTA DE MENU EN SISTEMA BRAILE EN YERBA BUENA

El Concejo Deliberante de Yerba Buena aprobó recientemente una ordenanza por la que dispone el uso obligatorio en todo negocio que se dedicase a la venta y entrega de comidas y/o bebidas, una carta de menu confeccionada en sistema braile a disposición de los clientes, la que refleje en forma actualizada la misma información que la carta de menú ordinaria, con la sola excepción del "menu del Día". Se otorga un plazo de 180 días para cumplir con las previsiones de la ordenanza. El incumplimiento generara sanciones consistentes en multas y hasta inhabilitación. Considero que es una medida práctica y en beneficio de las personas no videntes. Sin embargo el campo de aplicación es acotado, puesto que, por ejemplo, deberia preveerse la misma obligación para otros sectores tanto del ámbito público como privado. A modo de ejemplo, las reparticiones estatales, centro culturales, universidades, empresas de transporte de larga distancia, de medicina prepaga, el ente turismo, entre otras muchas, a los fines de legislarse en base a un sistema de protección de derechos más uniforme. Concluyo que es una iniciativa inhovadora en nuestra provincia y será interesante evaluar el índice de acatamiento y supervisión de la misma a los fines de extenderla, como antes expresara, a distintos ámbitos donde rigen los mismos derechos y obligaciones.
Dr. Juan Manuel Posse.

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