La justicia federal de la provincia de Tucuman así lo dispuso en la sentencia a favor de una niña con diagnóstico de trastorno de aprendizaje en la lecto escritura.
La condenada es la OBRA SOCIAL PRENSA, de la provincia de Tucuman, la cual dispuso limitar la cantidad de sesiones de psicopedagogía de la menor hasta dejarla sin cobertura, argumentando las previsiones del programa médico obligatorio.
Ante la necesidad que la niña no pierda su tratamiento, y dada la negativa de cobertura de la obra social, es que tuvimos que acudir a la vía judicial, en donde intervine en carácter de apoderado de los padres, iniciando una acción de amparo por encontarrse comprometido el derecho a la salud y educación de la niña, máxime en la plena etapa de un proceso escolar en el que se encuentra y en la que es fundamental contar con todas las herramientas y dispositivos de apoyo.
Así es que en el marco de la medida cautelar y luego la sentencia definitiva, la Justicia Federal de Tucuman dispuso ordenar a la obra social demandada la íntegra cobertura del tratamiento psicopedagogico de la menor, a través de la profesional interviniente y por la cantidad de sesiones que requiere, disponiendo a su vez el inmediato pago de las prestaciones.
La dislexia es una dificultad del aprendizaje de la lecto escritura
Es una condición del neurodesarrollo, es decir no es de origen psicólogico (separa las letras porque los padres están separados), ni física, ni sociocultural. Hay factores genéticos que predisponer (familias de disléxicos)
Entre el 10 y 15 por ciento de la población presenta dislexia. Debe ser por lo tanto un tema de una macro política. A veces nos encontramos con dos o tres chicos por clase.
El sistema educativo parte de la enseñanza a través del sistema la lecto escritura. Estos niños, siendo inteligentes, les cuesta cinco veces mas los procesos de descodificación o lectura de las palabras. Por lo tanto atraviesan un proceso más lento y de mayor consumo de energía. Se produce un mayor cansancio que lleva a la falta de atención, que los docentes que no conocen el tema rápidamente tildan de "vagueza". Si bien son personas sin ningún componente emocional anterior que las afecten, el fracaso escolar puede ser la causa de llevarlas o sufrir conflictos emocionales. El niño se esfuerza lo máximo y ve que no rinde, entonces pierde la autoestima. Luego aparecen las burlas de sus compañeros, las conductas disruptivas (el niño ya no quiere estudiar). Es importante que nunca se pierda lo que se llama apego. Es decir, que el docente le suministre las tareas, que el niño intente aprenderlas pero si les cuesta mucho pueda volver al maestro del aula en procura de nuevas consignas y se encuentre este docente siempre predispuesto para animarlo y no tildarlo de perezoso o descuidado. Que pueda el niño sentir su pertenencia en el aula y que se posibiliten las herramientas para favorecer sus procesos de aprendizajes dado que no se valora todo el esfuerzo que pone y su responsabilidad por lograr los objetivos académicos.
Este fallo judicial marca un importante precedente, en lo que refiere al deber de las obras sociales de otorgar las coberturas de Ley Nacional 27.306 que declara de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de los sujetos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje y tiene por objeto prioritario garantizar el derecho a la educación.
Dr. Juan Manuel Posse
Abogado dedicado a los derechos delas personas con discapacidad
Provincia de Tucuman