sábado, 16 de marzo de 2019

LLAMADO A TODAS LAS LINEAS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE LA PROVINCIA PARA EL RESPETO DE LA LEY PROVINCIAL 8625.

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Por este medio es mi intención ilustrar a todas las lineas de transporte público de pasajeros de la provincia de Tucuman sobre la necesidad que eviten perjuicios a personas con discapacidad que se trasladan amparándose en el derecho vigente.

Cabe advertir que el Certificado de Discapacidad es un instrumento público, es decir, como el DNI. Y asimismo si ese instrumento público se encuentra a su vez fehacientemente corroborado por la Dirección de Transporte de la provincia de Tucuman (único trámite adicional que se debe hacer para evitar adulteraciones plasmado por el decreto reglamentario provincial) ya es suficiente para el libre ascenso y descenso de la persona con discapacidad. NO SE DEBE EXIGIR NINGUNA CONDICIÓN O TRAMITE MÁS ni de ningún municipio, empresa o asociación, puesto que aún "legalizados" van en contra del principio de la ley provincial, normativa que goza de mayor jerarquía.

Justamente el propósito de la ley provincial es evitar la multiplicidad de pases, el desgaste económico y el trajín de hacer innumerables trámites burocráticos. Con el solo certificado de discapacidad, intervenido (sellado) por la Dirección de Transporte de la provincia para de esta manera evitar falsificaciones, es lo único que se necesita. Si cada municipio emite su ordenanza estableciendo pases, si cada linea emite sus pases, si AETAT lo hace también, entonces la ley provincial vigente no tiene ningún sentido.

Dr. Juan Manuel Posse
Abogado dedicado a los Derechos de las Personas con Discapacidad en la provincia de Tucuman.

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