domingo, 28 de junio de 2020

PRORROGAN LOS CERTIFICADOS DE DISCAPACIDAD QUE VENCEN EN ESTE AÑO

Prorrogan los vencimientos de los certificados de discapacidad que ...
Por resolución N° 209 de la Agencia Nacional de Discapacidad se dispuso:

ARTÍCULO 1º.- Prorróganse por el término de UN (1) año, contado desde la fecha de su vencimiento, los Certificados Únicos de Discapacidad emitidos en virtud de las Leyes Nº 22.431 y sus modificatorias y Nº 24.901 cuyo vencimiento haya ocurrido entre el 1° de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive.
ARTÍCULO 2°.- Prorróganse por el término de UN (1) año, contado desde la fecha de su vencimiento, los Símbolos Internacionales de Acceso emitidos en virtud de la Ley N° 19.279 y Decreto N° 1313/93, cuyo vencimiento haya ocurrido entre el 1° de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.

sábado, 27 de junio de 2020

INTIMAN A LA PROVINCIA A INFORMAR SOBRE LOS PAGOS DE UNA DOCENTE DE APOYO BAJO APERCIBIMIENTO DE UNA MULTA DE $30.000

Discapacidad y salud: Maestros integradores : legislación
Así lo dispuso esta semana la justicia provincial y luego que la demandada, en este caso la Provincia de Tucuman, no contestara un pedido de informe requerido por el Tribunal interviniente sobre las demoras en la cobertura de la prestación de maestra de apoyo a la integración escolar obtenida mediante un fallo judicial en una acción de amparo que iniciamos representando a la madre de la niña que presenta Certificado de Discapacidad.

La medida judicial dispone que en el perentorio término de 5 días informe sobre el efectivo y actual cumplimiento de la sentencia judicial bajo apercibimiento de imponer al Sr. Fiscal de Estado una multa de $30.000.

Dr. Juan Manuel Posse

domingo, 14 de junio de 2020

EL EQUIPO DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA EN DISCAPACIDAD "GUILLERMO ABRIL"

La imagen puede contener: texto que dice "Equipo de asistencia jurídica gratuita en Discapacidad "GUILLERMO ABRIL" coordinado por Dr. Juan Manuel Posse Cel. 156 099 559"
El equipo de asistencia jurídica gratuita en Discapacidad "GUILLERMO ABRIL" es un nuevo servicio que brindamos a la comunidad. Los horarios de atención del mismo: lunes a viernes de 9 a 13 y de 16 a 20 hs a través del Tel. 156 099 559.

Muchas gracias.

domingo, 7 de junio de 2020

Nuevos horarios de atención del estudio

No hay ninguna descripción de la foto disponible.
Desde este lunes la atención en el estudio será lunes a viernes de 9 a 13 y de 16 a 20 hs., con turnos.
Tel 4975483 - 154094551.
Maipu 70, 2do piso Of. 8 - S. M. de Tucumán 
Dr Juan Manuel Posse

miércoles, 3 de junio de 2020

Se actualiza el régimen de licencias de la ley provincial 5806.

Proponen la implementación de licencias especiales para padres ...
El texto de la ley 5806 abarcaba la licencia de los empleados públicos para tratamiento de hijo o cónyuge con discapacidad y dependía del órgano administrativo extenderla. El nuevo texto incluye a las personas bajo curatela, tutela, y en proceso de adopción.

Se establecen los permisos diarios que serán de hasta dos horas (si el trabajador tiene una jornada laboral de 6 o mas horas diarias) durante un máximo de 180 días al año. Si es la jornada laboral hasta 5 horas el permiso diario será de una hora.

Los plazos de licencias para tratamiento fuera y dentro de la provincia como asimismo las asignaciones especiales se mantienen iguales, es decir, licencia de hasta 180 días con goce de sueldo si el tratamiento es fuera de la provincia y de hasta 90 días con goce de sueldo si es dentro de la provincia. La asignación especial sigue siendo el equivalente del 100% del salario durante 180 días si es fuera de la provincia, y el 50% del equivalente del salario por 90 días si es dentro de la provincia. Los plazos de extensión de licencia sin goce de sueldo siguen siendo los mismos que antes también.

Se establece puntualmente que cuando el tratamiento se efectuare fuera del territorio de la Provincia, por derivación médica y ambos cónyuges o tutores fueren agentes públicos, se abonará a uno de los agentes el 100% del total de sus haberes y al otro un 30% del total de sus haberes, por 180 días, si el tratamiento requiere la presencia de los dos empleados públicos.

Dr. Juan Manuel Posse