domingo, 8 de octubre de 2017

5 PUNTOS FUNDAMENTALES: SI TU HIJO TIENE AUTISMO ¿QUE DERECHOS LE CORRESPONDEN?

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Muchas veces el diagnóstico del Trastorno del Espectro Autista de un familiar o de un hijo despierta interrogantes tales como ¿que derechos le corresponden? Es decir, de aquí en adelante ¿qué prestaciones se encuentran garantizadas íntegramente?
Abordando algunos ejes es importante destacar los siguientes cinco puntos.

1) Los estudios complementarios. Los mismos son prescriptos por los profesionales tratantes. En ocasiones se indican potenciales evocados para constatar si el niño que no responde a los llamados pudiera tener hipoacusia. A veces también se solicitan estudios genéticos cuando del examen clínico pudiera presumirse determinado síndrome, o para descartarlos. También se indican otros estudios, pero siempre deben ser estrictamente necesarios.

2) Los medicamentos. En ocasiones, y dado que estamos siempre ante un espectro, es decir, diversos casos, pueden indicarse medicamentos, los cuales deben ser cubiertos al 100%. El objetivo es que siempre con las terapias adecuadas pueda ir prescindiéndose de la medicalización.

3) La maestra de apoyo a la integración escolar. y los acompañantes terapéuticos  Siempre y cuando pueda ello favorecer los procesos de aprendizajes, la inserción social y la dinámica en conjunto.

4) Los tratamientos de rehabilitación al 100%, los que deberán llevarse a cabo en centros o con equipos de profesionales independientes, garantizándose la elección que más beneficios redunden, por la idoneidad, los avances y el vínculo paciente terapeuta.  

5) El transporte especial, en caso que por determinadas circunstancias haga necesaria dicha modalidad, por ejemplo las conductas disruptivas, los aspectos perceptivos, la falta de autonomía personal, etc.

Si bien estos cinco puntos son esenciales, en ocasiones más de la mitad de los mismos han sido desconocidos por el estado o las obras sociales, y en ciertos casos dichos incumplimientos han abarcado la totalidad de estos 5 puntos básicos.  Una cobertura óptima es aquella que abarca todos ellos, y por ende se ajusta a la normativa vigente. Esta debería ser la regla pero más bien resulta la excepción.

Dr. Juan Manuel Posse

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