Es importante concientizar que a través de la ley provincial N° 5806, los empleados públicos de la provincia de Tucumán que tengan hijo o cónyuge con discapacidad y que deban procurar su atención en los tratamientos, tienen derecho de solicitar tres beneficios:
1) Una Licencia especial, con goce de haberes de hasta 90 días al año o 180 días al año según el tratamiento deba efectuarse dentro o fuera de la provincia. Puede en ambos casos extenderse dicha licencia, ya sin goce de sueldo.
2) Una asignación especial consistente en el pago del 50% adicional al sueldo por el termino de 90 días al año o el 100% adicional por el termino de 180 días según el tratamiento deba efectuarse dentro o fuera de la provincia.
3) Permisos diarios de hasta 2 horas para la atención del hijo discapacitado hasta que cumpliera los doce años.
Estos beneficios permiten se puedan acceder a los tratamientos de calidad y al mismo tiempo mantener la fuente de trabajo.
Debiera merituarse esta condición a la hora de favorecer el ingreso en la administración pública, ya sea a través de cupos protegidos, de capacitación laboral, de concursamientos públicos, etc.
Dr. Juan Manuel Posse
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