miércoles, 27 de agosto de 2014

CHUBUT YA CUENTA CON LEY SOBRE EQUINOTERAPIA

FUENTE: http://www.diariocronica.com.ar/117098-se-sanciono-la-ley-de-equinoterapia-en-chubut-destinada-a-personas-discapacitadas.html

La Legislatura aprobó por unanimidad en la sesión del jueves último, la Ley que regula en el ámbito de la provincia del Chubut, la disciplina de equinoterapia como actividad terapéutica de habilitación y rehabilitación para personas con discapacidad.
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A partir de la sanción de la Ley -única en el país-,  la práctica  de equinoterapia será incorporada al Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad.
El proyecto de Ley N° 098/13 que tomó estado parlamentario el  2 de julio  de 2013,  fue presentado por los diputados del interbloque, María José Llanes y Adolfo Mariñanco.
“Es una ley que venimos trabajando desde hace más de un año y para la cual hemos recibido muchos aportes de centros especializados en la temática así como de diputados que conocían y habían estado trabajando en alguna oportunidad, la misma temática” destacó Llanes en diálogo con Crónica.
Al respecto recordó que “los costos no son accesibles para la realización de esta actividad” de manera que “el hecho de poder brindar a todos esta oportunidad nos parece muy grato y nos llena de alegría”.
La finalidad del Proyecto de Ley recientemente sancionado, aspira a que las obras sociales y las áreas de salud provenientes del estado asuman la responsabilidad de brindar la cobertura necesaria para el buen desarrollo de la actividad en pacientes discapacitados, según señaló la diputada.
Además, en la redacción de cada uno de los artículos de la Ley, señaló que quedaron  establecidos las indicaciones en torno a la especial elección de los animales -equinos- destinados a formar parte de la terapia que “no deberán ser utilizados en ninguna otra actividad que no sea la equinoterapia” aclaró.
Equinoterapia: disciplina integral complementaria de las terapias médicas
La legisladora explicó que la equinoterapia es un método terapéutico y educacional, que tiene al caballo como mediador / facilitador terapéutico, y su ambiente como medio dentro del abordaje multidisciplinario, en las áreas de salud, educación y equitación, que busca el desenvolvimiento bio-psico-social, de personas con necesidades especiales, impedimentos, incapacidad, discapacidad (OMS 1980) así como también otras enfermedades.
Es una disciplina integral -dijo- considerada complementaria de las terapias médicas tradicionales para la habilitación y rehabilitación física y emocional de distintos tipos de pacientes en la que se requiere la participación de un equipo multidisciplinario, configurado en función del tipo de discapacidad a tratar”.
Entre otras cosas Llanes destacó que cada área está dirigida a diferentes tipos de discapacidades utilizando estrategias terapéuticas distintas y aclaró que la actividad terapéutica deberá ser desarrollada por un equipo interdisciplinario, cuya conformación dependerá de los requerimientos del caso a tratar, debiendo formar parte del mismo, como mínimo, un profesional del área de salud y un entrenador de caballos.
Señaló además que a través de la sanción de la Ley, se establecerá por vía reglamentaria el tipo de curso o formación con que deberán contar los integrantes del equipo interdisciplinario para poder desarrollar la actividad.
  Para lograr el registro correspondiente,  los Centros de Equinoterapia deberán cumplir con el requisito indispensable de  poseer un profesional del área de salud y un entrenador de caballos y acreditar lo establecido en la ley recientemente aprobada.
Finalmente la legisladora provincial, comentó que desde la sanción de la presente Ley, toda organización o institución que desarrolle actividades terapéuticas con caballos y los Centros de Equinoterapia propiamente dichos que funcionen en el territorio provincial, deberán adecuar sus instalaciones conforme a las disposiciones establecidas en esta ley, en un plazo de doce 12 meses a partir de la promulgación de la Ley.

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