FUENTE:
http://www.trabajo.gob.ar/discapacidad/programas.asp
Programas en ejecución
Requisitos generales
Para la participación en los programas y acciones son imprescindibles los siguientes requisitos:
• Beneficiarios: Documento de Identidad y Certificado de Discapacidad.
• ONG: estar debidamente habilitadas e inscriptas en el REGICE.
• Empresas: solicitar la cobertura de sus vacantes telefónicamente, por correo electrónico o personalmente.
• Beneficiarios: Documento de Identidad y Certificado de Discapacidad.
• ONG: estar debidamente habilitadas e inscriptas en el REGICE.
• Empresas: solicitar la cobertura de sus vacantes telefónicamente, por correo electrónico o personalmente.
Programas específicos
Estos programas fueron diseñados específicamente para la población laboral con discapacidad:
Estos programas fueron diseñados específicamente para la población laboral con discapacidad:
Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo
Marco Legal
Creado por Resolución Ministerial 124/11.
Reglamentado por Resolución Ministerial 877/11.
Objetivo
Tiene como objeto asistir a personas con discapacidad en el desarrollo de su proyecto ocupacional, a través de su inclusión en actividades que les permitan mejorar sus competencias, habilidades y destrezas laborales, insertarse en empleos de calidad y/o desarrollar emprendimientos productivos independientes.
Beneficiarios
Trabajadores y trabajadoras desocupados mayores de 18 años con discapacidad que tengan residencia permanente en el país.
PROYECTOS Línea 1:
Actividades asociativas de interés comunitario
Dirigidas a la población con limitaciones funcionales de carácter psicosocial y/o cognitivas, promoviendo su participación en actividades de utilidad social en forma tutelada.
Los proyectos serán formulados y ejecutados por organismos públicos o entidades privadas sin fines de lucro e instituciones de formación profesional.
Podrán contar con la participación de entre 8 a 12 personas, tendrá una duración como mínimo de 12 meses y máximo de 24. Se brindará la adquisición de insumos y herramientas para su ejecución. Línea 2
Actividades de apoyo a la inserción laboral
Dirigida a la inclusión de trabajadores y trabajadoras con discapacidad en prestaciones formativas o de promoción del empleo.
Se instrumentará en forma articulada con otros programas o acciones del MTE y SS.
Se orientará hacia la inclusión de personas con discapacidad en diversas prestaciones como:
Talleres de orientación laboral o apoyo a la búsqueda de empleo, cursos de formación profesional, certificación de estudios formales, acciones de inserción laboral. Certificación de competencias laborales, asistencia para el desarrollo de emprendimientos independientes.
Acciones
Prever las acciones de orientación laboral de apoyo a la búsqueda de empleo de formación profesional, de certificación de estudios formales, de asistencia al desarrollo de emprendimientos independientes y/o de inserción laboral, etc.
Recepción y Evaluación
A cargo de la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad, Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral y Oficinas Públicas de Empleo.
Creado por Resolución Ministerial 124/11.
Reglamentado por Resolución Ministerial 877/11.
Objetivo
Tiene como objeto asistir a personas con discapacidad en el desarrollo de su proyecto ocupacional, a través de su inclusión en actividades que les permitan mejorar sus competencias, habilidades y destrezas laborales, insertarse en empleos de calidad y/o desarrollar emprendimientos productivos independientes.
Beneficiarios
Trabajadores y trabajadoras desocupados mayores de 18 años con discapacidad que tengan residencia permanente en el país.
PROYECTOS Línea 1:
Actividades asociativas de interés comunitario
Dirigidas a la población con limitaciones funcionales de carácter psicosocial y/o cognitivas, promoviendo su participación en actividades de utilidad social en forma tutelada.
Los proyectos serán formulados y ejecutados por organismos públicos o entidades privadas sin fines de lucro e instituciones de formación profesional.
Podrán contar con la participación de entre 8 a 12 personas, tendrá una duración como mínimo de 12 meses y máximo de 24. Se brindará la adquisición de insumos y herramientas para su ejecución. Línea 2
Actividades de apoyo a la inserción laboral
Dirigida a la inclusión de trabajadores y trabajadoras con discapacidad en prestaciones formativas o de promoción del empleo.
Se instrumentará en forma articulada con otros programas o acciones del MTE y SS.
Se orientará hacia la inclusión de personas con discapacidad en diversas prestaciones como:
Talleres de orientación laboral o apoyo a la búsqueda de empleo, cursos de formación profesional, certificación de estudios formales, acciones de inserción laboral. Certificación de competencias laborales, asistencia para el desarrollo de emprendimientos independientes.
Acciones
Prever las acciones de orientación laboral de apoyo a la búsqueda de empleo de formación profesional, de certificación de estudios formales, de asistencia al desarrollo de emprendimientos independientes y/o de inserción laboral, etc.
Recepción y Evaluación
A cargo de la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad, Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral y Oficinas Públicas de Empleo.
Programa Especial de Formación y Asistencia Técnica para el Trabajo para trabajadores con discapacidad
Marco legal
• Creado por Resolución Ministerial N509 /02. • Reglamentado por Resolución S.O.F.P Nº 8/04.
• Modificado por Resolución de la SE Nº 73/10 a trabajadores/as con discapacidad.
Objetivo
Brindar a las personas con discapacidad, a través de los organismos habilitados para tal fin, cursos de capacitación que permitan incrementar competencias, mejorar las condiciones de empleabilidad y apoyar la búsqueda de empleo u ocupación.
Beneficiarios
• Trabajadores/as desocupados/as que requieran adquirir nuevas competencias o mejorar sus condiciones para la búsqueda y obtención de empleo.
• Trabajadores ocupados y/o subocupados que requieran de nuevos saberes para lograr mayor nivel de competitividad y profesionalidad.
Proyectos
• Deben estar comprendidos en un programa de desarrollo local o sectorial que lo contenga y potencie.
• Deben basarse en la articulación y cofinanciación interinstitucional local y orientarse según la demanda de mercado, ya sea que se dirija al empleo privado o al autoempleo.
Acciones
• Serán entendidas como la combinación de uno o más servicios técnicos que brinda la institución responsable a un grupo de beneficiarios para mejorar su estado ocupacional.
• Los organismos deben tener experiencia en capacitación y en la temática de discapacidad y deben estar inscriptos en el Regice.
• Se tratará de acciones referidas a la formación profesional, orientación laboral y/o asistencia técnica.
Recepció y evaluación
La recepción estará a cargo de las Gerencias de Empleo. La evaluación la realizará la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional y la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con discapacidades.
Responsable: Mónica Gagliardi
E-mail: mgagliardi@trabajo.gob.ar
Teléfono: (011) 4310-5650
• Creado por Resolución Ministerial N509 /02. • Reglamentado por Resolución S.O.F.P Nº 8/04.
• Modificado por Resolución de la SE Nº 73/10 a trabajadores/as con discapacidad.
Objetivo
Brindar a las personas con discapacidad, a través de los organismos habilitados para tal fin, cursos de capacitación que permitan incrementar competencias, mejorar las condiciones de empleabilidad y apoyar la búsqueda de empleo u ocupación.
Beneficiarios
• Trabajadores/as desocupados/as que requieran adquirir nuevas competencias o mejorar sus condiciones para la búsqueda y obtención de empleo.
• Trabajadores ocupados y/o subocupados que requieran de nuevos saberes para lograr mayor nivel de competitividad y profesionalidad.
Proyectos
• Deben estar comprendidos en un programa de desarrollo local o sectorial que lo contenga y potencie.
• Deben basarse en la articulación y cofinanciación interinstitucional local y orientarse según la demanda de mercado, ya sea que se dirija al empleo privado o al autoempleo.
Acciones
• Serán entendidas como la combinación de uno o más servicios técnicos que brinda la institución responsable a un grupo de beneficiarios para mejorar su estado ocupacional.
• Los organismos deben tener experiencia en capacitación y en la temática de discapacidad y deben estar inscriptos en el Regice.
• Se tratará de acciones referidas a la formación profesional, orientación laboral y/o asistencia técnica.
Recepció y evaluación
La recepción estará a cargo de las Gerencias de Empleo. La evaluación la realizará la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional y la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con discapacidades.
Responsable: Mónica Gagliardi
E-mail: mgagliardi@trabajo.gob.ar
Teléfono: (011) 4310-5650
Programa de Inserción Laboral para Trabajadores con Discapacidad
Marco legal
• Creado por Resolución Ministerial Nº 802/2004.
• Extendido al Sector Público por Resolución Ministerial 914/07.
• Modificado por Resolución Ministerial 343/10.
• Modificado por Resolución Ministerial 1440/10.
• Modificado por Resolución Ministerial 625/13.
Objetivo
Promover la inserción laboral de los trabajadores con discapacidad en el sector privado, a través del otorgamiento de mayores incentivos a los empleadores para su contratación.
Beneficiarios
• Trabajadores con discapacidad desocupados en condiciones de ingresar al mercado laboral competitivo. Mayores de 18 años, que no perciban ningún beneficio de la Seguridad Social. Deberán tener Certificado de Discapacidad Nacional o Provincial (Ley Nº 22.431 art. 3).
• Empresas privadas y organismos públicos (municipales / provinciales) interesados en la contratación de trabajadores con discapacidad.
Características del programa
• Los trabajadores con discapacidad percibirán la suma de $ 2.300 (tiempo completo), $1.200 (tiempo parcial) durante 12 meses, que el empleador podrá descontar del monto total de la remuneración a percibir.
• En los casos que corresponda, compatible con la aplicación de los beneficios impositivos nacionales y provinciales que se encuentran vigentes para la inserción laboral de trabajadores con discapacidad.
Beneficios Impositivos
Jurisdicción Nacional:
• Deducción del 70 % de Impuesto a las Ganancias Ley Nº 22.431 (Sistema de Protección al Discapacitado modificada por Ley Nº 23.021 art. 23)
• Exención del 50 % aportes patronales, el primer año de contratación. Ley Nº 24.013 art. 87.
• Descuento del 50 % en contribuciones patronales por la contratación de grupos laborales protegidos Ley Nº 24.147 art.34.
• Ley Nº 26.476 (Regularización Impositiva) por término de veinticuatro (24) meses con reducción en sus contribuciones destinado a la seguridad social. (50%) por cincuenta durante los primeros doce (12) meses de las citadas contribuciones y por los segundos doce (12) meses se pagará el setenta y cinco (75%) de las mismas.
Jurisdicción Provincial:
• Ley N° 10.592, art.17, reglamentado por el art.167 del código fiscal de la Provincia de Buenos Aire:”Si la empresa es contribuyente del impuesto sobre los ingresos brutos podrá tomar como deducción el 50% del total de las remuneraciones abonadas por el personal con discapacidad correspondientes al mes que se liquida”.
Recepción y evaluación.
La recepción estará a cargo de las Gerencias de Empleo. La evaluación y administración la realizará la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de trabajadores con discapacidad.
Responsable: Lic. Magdalena Galli
• Creado por Resolución Ministerial Nº 802/2004.
• Extendido al Sector Público por Resolución Ministerial 914/07.
• Modificado por Resolución Ministerial 343/10.
• Modificado por Resolución Ministerial 1440/10.
• Modificado por Resolución Ministerial 625/13.
Objetivo
Promover la inserción laboral de los trabajadores con discapacidad en el sector privado, a través del otorgamiento de mayores incentivos a los empleadores para su contratación.
Beneficiarios
• Trabajadores con discapacidad desocupados en condiciones de ingresar al mercado laboral competitivo. Mayores de 18 años, que no perciban ningún beneficio de la Seguridad Social. Deberán tener Certificado de Discapacidad Nacional o Provincial (Ley Nº 22.431 art. 3).
• Empresas privadas y organismos públicos (municipales / provinciales) interesados en la contratación de trabajadores con discapacidad.
Características del programa
• Los trabajadores con discapacidad percibirán la suma de $ 2.300 (tiempo completo), $1.200 (tiempo parcial) durante 12 meses, que el empleador podrá descontar del monto total de la remuneración a percibir.
• En los casos que corresponda, compatible con la aplicación de los beneficios impositivos nacionales y provinciales que se encuentran vigentes para la inserción laboral de trabajadores con discapacidad.
Beneficios Impositivos
Jurisdicción Nacional:
• Deducción del 70 % de Impuesto a las Ganancias Ley Nº 22.431 (Sistema de Protección al Discapacitado modificada por Ley Nº 23.021 art. 23)
• Exención del 50 % aportes patronales, el primer año de contratación. Ley Nº 24.013 art. 87.
• Descuento del 50 % en contribuciones patronales por la contratación de grupos laborales protegidos Ley Nº 24.147 art.34.
• Ley Nº 26.476 (Regularización Impositiva) por término de veinticuatro (24) meses con reducción en sus contribuciones destinado a la seguridad social. (50%) por cincuenta durante los primeros doce (12) meses de las citadas contribuciones y por los segundos doce (12) meses se pagará el setenta y cinco (75%) de las mismas.
Jurisdicción Provincial:
• Ley N° 10.592, art.17, reglamentado por el art.167 del código fiscal de la Provincia de Buenos Aire:”Si la empresa es contribuyente del impuesto sobre los ingresos brutos podrá tomar como deducción el 50% del total de las remuneraciones abonadas por el personal con discapacidad correspondientes al mes que se liquida”.
Recepción y evaluación.
La recepción estará a cargo de las Gerencias de Empleo. La evaluación y administración la realizará la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de trabajadores con discapacidad.
Responsable: Lic. Magdalena Galli
Programa de Acciones de Entrenamiento para el Trabajo para trabajadores con discapacidad (Sector Público y Privado)
Marco legal
• Creado por Resolución Ministerial Nº 708/10.
• Reglamentado por Resolución de la SE Nº 905/10.
Objetivo
• Favorecer la adquisición de experiencia y conocimientos de las personas con discapacidad, debidamente certificada en oficios demandados localmente mediante su participación laboral en el puesto de trabajo.
Beneficiarios • Trabajadores con discapacidad desocupados mayores de 18 años, con certificado de discapacidad nacional o provincial de acuerdo a lo establecido en el art. 3 de la Ley Nº 22.431.
• Organismos públicos, empresas privadas e instituciones sin fines de lucro.
Acciones
• El mismo deberá designar como organismos responsables públicos, empresas privadas e instituciones sin fines de lucro. Se deberá designar un tutor para la coordinación y dirección del proyecto y aportar a cada participante una compensación para gastos de traslado y refrigerio así como la certificación del entrenamiento y la ART.
Proyectos
• Deberán ser formuladas teniendo en cuenta las demandas y las posibilidades de inserción laboral en la región.
• Contarán con actividades de práctica en el puesto de trabajo y acciones de capacitación.
• Podrán tener una duración de 6 meses en el sector privado.
• De 1 a 8 meses en el sector público y de 3 a 8 meses en las instituciones sin fines de lucro.
• Los beneficiarios percibirán una ayuda económica mensual de $550 cuándo el proyecto tuviere una carga horaria de 20 horas y $750 con 30 horas semanales.
Recepción y evaluación
La Recepción estará a cargo de las Gerencias de Empleo y la evaluación la realizará la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad.
Responsable: Lic. Magdalena Galli
E-mail: mgalli@trabajo.gob.ar
Teléfono: (011) 4310-5878
• Creado por Resolución Ministerial Nº 708/10.
• Reglamentado por Resolución de la SE Nº 905/10.
Objetivo
• Favorecer la adquisición de experiencia y conocimientos de las personas con discapacidad, debidamente certificada en oficios demandados localmente mediante su participación laboral en el puesto de trabajo.
Beneficiarios • Trabajadores con discapacidad desocupados mayores de 18 años, con certificado de discapacidad nacional o provincial de acuerdo a lo establecido en el art. 3 de la Ley Nº 22.431.
• Organismos públicos, empresas privadas e instituciones sin fines de lucro.
Acciones
• El mismo deberá designar como organismos responsables públicos, empresas privadas e instituciones sin fines de lucro. Se deberá designar un tutor para la coordinación y dirección del proyecto y aportar a cada participante una compensación para gastos de traslado y refrigerio así como la certificación del entrenamiento y la ART.
Proyectos
• Deberán ser formuladas teniendo en cuenta las demandas y las posibilidades de inserción laboral en la región.
• Contarán con actividades de práctica en el puesto de trabajo y acciones de capacitación.
• Podrán tener una duración de 6 meses en el sector privado.
• De 1 a 8 meses en el sector público y de 3 a 8 meses en las instituciones sin fines de lucro.
• Los beneficiarios percibirán una ayuda económica mensual de $550 cuándo el proyecto tuviere una carga horaria de 20 horas y $750 con 30 horas semanales.
Recepción y evaluación
La Recepción estará a cargo de las Gerencias de Empleo y la evaluación la realizará la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad.
Responsable: Lic. Magdalena Galli
E-mail: mgalli@trabajo.gob.ar
Teléfono: (011) 4310-5878
Programa de Terminalidad Educativa
Marco legal
Acuerdos en todo el país.
Objetivo
• Mejorar la situación educativa (finalización de estudios primarios y/o secundarios) y la formación laboral de las personas con discapacidad, propiciar un mejor acceso al mercado de trabajo y/o potenciar las condiciones de empleabilidad.
Beneficiarios Trabajadores con Discapacidad desocupados con Certificado de Discapacidad Nacional o Provincial de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ley 22.431 u homóloga; mayores de 18 años
Características del Programa
• Gestiona con los organismos de educación el inicio de los estudios formales o el retorno de personas con discapacidad, propicia un mejor acceso al mercado de trabajo y/o potencia las condiciones de empleabilidad de esa población.
• Realiza investigaciones adecuadas para conocer las características en formación de las personas con discapacidad que requieren servicios en la Secretaria de Empleo del MTE y SS..
• Propone y gestiona modalidades educativas apropiadas para los diferentes colectivos de personas con discapacidad atendiendo a las particularidades de las discapacidades observadas.
• Facilita la incorporación de personas con discapacidad a los diferentes programas de inserción laboral que requieran certificación de niveles de estudios.
Beneficiarios
Las personas interesadas deben dirigirse a las gerencias de empleo y solicitar los cupos correspondientes según la oferta laboral.
Recepción y evaluación
Dirección Nacional de Formación Profesional.
Responsable: Lydia Michelena
Acuerdos en todo el país.
Objetivo
• Mejorar la situación educativa (finalización de estudios primarios y/o secundarios) y la formación laboral de las personas con discapacidad, propiciar un mejor acceso al mercado de trabajo y/o potenciar las condiciones de empleabilidad.
Beneficiarios Trabajadores con Discapacidad desocupados con Certificado de Discapacidad Nacional o Provincial de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ley 22.431 u homóloga; mayores de 18 años
Características del Programa
• Gestiona con los organismos de educación el inicio de los estudios formales o el retorno de personas con discapacidad, propicia un mejor acceso al mercado de trabajo y/o potencia las condiciones de empleabilidad de esa población.
• Realiza investigaciones adecuadas para conocer las características en formación de las personas con discapacidad que requieren servicios en la Secretaria de Empleo del MTE y SS..
• Propone y gestiona modalidades educativas apropiadas para los diferentes colectivos de personas con discapacidad atendiendo a las particularidades de las discapacidades observadas.
• Facilita la incorporación de personas con discapacidad a los diferentes programas de inserción laboral que requieran certificación de niveles de estudios.
Beneficiarios
Las personas interesadas deben dirigirse a las gerencias de empleo y solicitar los cupos correspondientes según la oferta laboral.
Recepción y evaluación
Dirección Nacional de Formación Profesional.
Responsable: Lydia Michelena
Programa de Asistencia a los trabajadores de los Talleres Protegidos de Producción
Marco legal
• Reglamentaria 811/06 SE y MTE y SS Res. 395/07 se aprobó el programa de Asistencia a los trabajadores de los Talleres Protegidos de Producción (TPP).
• Resolución .Ministerial 937/06.
• Modificada por la Resolución Ministerial 1129/11.
• Modificado por Resolución Ministerial 258/10.
• Modificado por Resolución Ministerial 2449/11.
• Modificado por Resolución S. P. E y F. P. 04/12.
Objetivo
Apoyo económico a los miembros de los TPP.
Características
• Abona $ 550 mensuales.
• Las instituciones deberán estar inscriptas en el REGICE (Registro de Instituciones de Capacitación y Empleo).
• Se otorga $15.000 para herramientas e insumos.
• Se otorga $15.000 a asistentes -1 cada 20 integrantes y 2 mayor a 20 integrantes.
Los Proyectos
Deben incluir el relevamiento de la situación actual de los TPP.
Recepción y evaluación
Dirección de Promoción de la Empleabilidad de trabajadores con discapacidad y gerencias de empleo.
Responsable: Ricardo Lagos
E-mail: rlagos@trabajo.gob.ar
Teléfono: (011) 4310-5882
• Reglamentaria 811/06 SE y MTE y SS Res. 395/07 se aprobó el programa de Asistencia a los trabajadores de los Talleres Protegidos de Producción (TPP).
• Resolución .Ministerial 937/06.
• Modificada por la Resolución Ministerial 1129/11.
• Modificado por Resolución Ministerial 258/10.
• Modificado por Resolución Ministerial 2449/11.
• Modificado por Resolución S. P. E y F. P. 04/12.
Objetivo
Apoyo económico a los miembros de los TPP.
Características
• Abona $ 550 mensuales.
• Las instituciones deberán estar inscriptas en el REGICE (Registro de Instituciones de Capacitación y Empleo).
• Se otorga $15.000 para herramientas e insumos.
• Se otorga $15.000 a asistentes -1 cada 20 integrantes y 2 mayor a 20 integrantes.
Los Proyectos
Deben incluir el relevamiento de la situación actual de los TPP.
Recepción y evaluación
Dirección de Promoción de la Empleabilidad de trabajadores con discapacidad y gerencias de empleo.
Responsable: Ricardo Lagos
E-mail: rlagos@trabajo.gob.ar
Teléfono: (011) 4310-5882
Programa de Empleo Independiente para Personas con Discapacidad
Marco legal
• Resolución SE 1862/11 y 877/11.
Objetivo
• La inserción laboral autónoma de trabajadores con discapacidad en pequeñas unidades económicas productoras de bienes y servicios.
• El desarrollo de las competencias laborales de los trabajadores con discapacidad, que decidan emprender una actividad económica independiente.
• La articulación local de los sectores públicos y privados para facilitar el desarrollo y la sustentabilidad de los emprendimientos productivos asistidos.
Beneficiarios
• Quienes se encuentren adheridos al programa Promover.
• Deben ser mayores de 18 años.
• Poseer certificado de discapacidad.
• DNI. Constancia de CUIT O CUIL.
Características
Emprendimientos individuales o asociativos.
Subsidio No reembolsable hasta $15.000 asignados a los siguientes rubros:
• Bienes de Capital
• Insumos
• Acondicionamiento del lugar de trabajo.
• Habilitaciones
• Instalaciones de gas o electricidad.
• Elementos de seguridad del trabajo.
• Los participantes recibirán una ayudad económica mensual.
• Se otorgará un Segundo Subsidio no reembolsable en concepto de refinanciamiento a los emprendimientos productivos que:
a) Tengan una antigüedad mayor a un año.
b) Hayan cumplido con la Rendición de Cuentas del primer subsidio.
c) Acrediten la necesidad de una nueva asistencia económica.
d) Encontrarse desarrollando la actividad por el primer financiamiento.
Asistencia Técnica
• Curso de Gestión de emprendimiento productivo.
• Acompañamiento del emprendimiento productivo.
• Resolución SE 1862/11 y 877/11.
Objetivo
• La inserción laboral autónoma de trabajadores con discapacidad en pequeñas unidades económicas productoras de bienes y servicios.
• El desarrollo de las competencias laborales de los trabajadores con discapacidad, que decidan emprender una actividad económica independiente.
• La articulación local de los sectores públicos y privados para facilitar el desarrollo y la sustentabilidad de los emprendimientos productivos asistidos.
Beneficiarios
• Quienes se encuentren adheridos al programa Promover.
• Deben ser mayores de 18 años.
• Poseer certificado de discapacidad.
• DNI. Constancia de CUIT O CUIL.
Características
Emprendimientos individuales o asociativos.
Subsidio No reembolsable hasta $15.000 asignados a los siguientes rubros:
• Bienes de Capital
• Insumos
• Acondicionamiento del lugar de trabajo.
• Habilitaciones
• Instalaciones de gas o electricidad.
• Elementos de seguridad del trabajo.
• Los participantes recibirán una ayudad económica mensual.
• Se otorgará un Segundo Subsidio no reembolsable en concepto de refinanciamiento a los emprendimientos productivos que:
a) Tengan una antigüedad mayor a un año.
b) Hayan cumplido con la Rendición de Cuentas del primer subsidio.
c) Acrediten la necesidad de una nueva asistencia económica.
d) Encontrarse desarrollando la actividad por el primer financiamiento.
Asistencia Técnica
• Curso de Gestión de emprendimiento productivo.
• Acompañamiento del emprendimiento productivo.
Oficina de Empleo
Marco legal
• Creación de la Dirección para personas con discapacidad y Grupos Vulnerables.
Objetivo
• Insertar laboralmente a los trabajadores/as con discapacidad mayores de 18 años, con certificado de discapacidad nacional o provincial.
Característica del programa
• Presentación en Oficina de Empleo: Leandro N. Alem 628, PB, Capital Federal.
• La inscripción es personalizada con una entrevista inicial en la que se realiza una evaluación del perfil laboral del postulante.
• Con la misma se elaborará su potencial laboral y se buscará de ser necesario realizar una mejora.
Proyectos
• Las empresas públicas y privadas solicitan la cobertura de sus vacantes, a través de la formulación de un requerimiento enviando el perfil del puesto a cubrir en su establecimiento.
• La Oficina de Empleo brindará un asesoramiento sobre los descuentos impositivos que recibirá por la contratación.
• Analizara el puesto de trabajo.
• Realizará una selección de postulantes sobre las necesidades que requiera el puesto a cubrir solicitado por la empresa u organismo solicitante.
• Creación de la Dirección para personas con discapacidad y Grupos Vulnerables.
Objetivo
• Insertar laboralmente a los trabajadores/as con discapacidad mayores de 18 años, con certificado de discapacidad nacional o provincial.
Característica del programa
• Presentación en Oficina de Empleo: Leandro N. Alem 628, PB, Capital Federal.
• La inscripción es personalizada con una entrevista inicial en la que se realiza una evaluación del perfil laboral del postulante.
• Con la misma se elaborará su potencial laboral y se buscará de ser necesario realizar una mejora.
Proyectos
• Las empresas públicas y privadas solicitan la cobertura de sus vacantes, a través de la formulación de un requerimiento enviando el perfil del puesto a cubrir en su establecimiento.
• La Oficina de Empleo brindará un asesoramiento sobre los descuentos impositivos que recibirá por la contratación.
• Analizara el puesto de trabajo.
• Realizará una selección de postulantes sobre las necesidades que requiera el puesto a cubrir solicitado por la empresa u organismo solicitante.
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