jueves, 16 de febrero de 2012

ASPERGER Y DISCAPACIDAD

ASPERGER Y DISCAPACIDAD.


El 18 de febrero se conmemora el día mundial del síndrome de Asperger. Se trata de concientizar sobre el diagnóstico y tratamiento del mismo.  Los niños con Asperger tienen dificultad para interactuar con sus pares, principalmente a la hora de interpretar sentimientos y emociones ajenos y en definitiva  dificultades para entender el mundo social. Por supuesto que la descripción sintomatológica es muy amplia y variada, quedando comprendida dicha patología (o mejor dicho condición) como  una de las categorías que integran los llamados Trastornos Generalizados del Desarrollo (TGD)  los cuales se caracterizan por una perturbación grave y generalizada de varias áreas del desarrollo: habilidades para la interacción social, para el lenguaje y comunicación, o presencia de comportamientos estereotipados con una gama restringida de actividades e intereses

En razón que los tratamientos terapéuticos irrogan costos de los que muchas veces no puede el grupo familiar hacer frente, es importante tener presente que se puede tramitar el Certificado Nacional de Discapacidad y de esta forma encontrarse el paciente amparado por las coberturas de la ley de discapacidad 24.901  (coberturas integrales en psicoterapias, fonoaudiología, integración escolar y social, entre otras) Dichas coberturas deben ser brindadas por las obras sociales y en su defecto por el estado. Los reclamos que más a menudo hacen los familiares es respecto de los límites de sesiones y/o valores que las obras sociales están dispuestas a cubrir. En muchos casos no se reconoce los costos de la maestra de apoyo a la integración escolar. Asimismo puede que la obra social mantenga convenio con instituciones donde no existan equipos interdisciplinarios para llevar a cabo un abordaje terapéutico requerido por esta compleja patología y deba el grupo familiar acudir a efectores por fuera de la cartilla de prestadores de la obra social y la posibilidad que esta última no quiera reconocer las facturas.

En lo atinente a la certificaciòn de la discapacidad, por disposición  931 del año 2.009, el Servicio Nacional de Rehabilitación, que es la autoridad de aplicación de la ley 22.431, aprobó los criterios para extender el certificado de discapacidad a pacientes con trastornos en la infancia, niñez y adolescencia.
Reconoce dicha disposición que todos estos trastornos (incluidos los TGD y el Asperger como una de las categorías de aquellos) tienen en común, que d esarrollan un retraso madurativo en el paciente, que le impide alcanzar un desarrollo similar al de la mayoría de sus pares de la misma edad cronológica. Esta alteración puede manifestarse en la motricidad, en la esfera intelectual, en el lenguaje o en la conducta psicosocial. Puede implicar el compromiso de un área o de varias de ellas.

Loa Trastornos Generalizados del Desarrollo abarcan las siguientes categorias:
1) Trastorno Autista , 2) Trastorno de Rett, 3) Trastorno Desintegrativo Infantil, 4) Trastorno o Síndrome de Asperger, 5) Trastorno Generalizado del Desarrollo no especificado.

Diferenciando un poco lo que es el Asperger de lo que es el Trastorno Autista (otra categoría del TGD como antes se mencionara), expresa la disposición, respaldándose en la literatura médica mundial moderna, que aproximadamente el 75% de los niños con Trastorno Autista presenta Retraso Mental asociado. En el síndrome de Asperger, a diferencia del trastorno autista, no se presentan retrasos del lenguaje clínicamente significativos y no hay retraso en el desarrollo cognoscitivo, autovalimiento, comportamiento adaptativo y curiosidad del ambiente en la infancia.

La disposición establece que se otorgara la acreditación de Discapacidad a los niños con diagnóstico de Trastorno Generalizado del Desarrollo (entre ellos el Asperger), y se tendrá en cuenta programa de Rehabilitación y Tratamientos específicos. Es decir, la discapacidad no implica incapacidad, sino que el objetivo de tramitar el certificado es únicamente a los fines de contar con las coberturas integrales para los distintos tratamientos que requieran las personas a los fines de hacer frente a la discapacidad, evitando muchas veces posibles secuelas que deveengasen en incapacidad.

En la provincia de Tucumán, el Certificado de Discapacidad se tramita en la Junta de Evaluación de la Discapacidad dependiente del SIPROSA, ubicada en calle Alberdi 416, tel 4526291. 
Dr. Juan Manuel Posse

Quien necesite conocer más del síndrome de Asperger puede ingresar a WIKIPEDIA: INFORMACIÓN SOBRE SINDROME DE ASPERGER

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