domingo, 19 de marzo de 2017

Inicio de clases: aspectos destacados de la Resolución 311/2016 del Consejo Federal de Educación

Comenzó marzo. Inicia otro ciclo lectivo. Y, por ello, es muy importante recordar a todas las familias los aspectos destacados de la Resolución 311/2016 del Consejo Federal de Educación. Ésta -que tuvo una fuerte incidencia del Grupo Art. 24 por la Educación Inclusiva- está lejos aún del alcanzar los estándares que establece la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad pero, no obstante, representa algunos pequeños avances. 

Los puntos salientes, entonces, son los siguientes: 
ü  Las escuelas tienen prohibido rechazar la inscripción o reinscripción de un/a estudiante por motivos de discapacidad. El rechazo por motivo de discapacidad, de forma directa o indirecta, será considerado un acto de discriminación.
ü  Los alumnos con discapacidad en los Niveles Primario y Secundario, que cursan con PPI, deben ser evaluados y calificados únicamente de acuerdo con ese PPI. Esas evaluaciones y calificaciones determinan el pase de año o de nivel. Por eso, si aprobó su PPI, debe pasar de año o de nivel.
ü  Los alumnos que cursan la Primaria con PPI reciben certificado de nivel Primario, como todos sus compañeros; el certificado debe emitirlo la escuela donde el alumno estudió su último año de Primaria (si estudió en escuela común, esa escuela común debe emitir el certificado).
ü  Los alumnos que tienen certificado de Primaria, aunque hayan aprobado la Primaria con PPI, pasan a la Secundaria.
ü  Los alumnos que terminan la Secundaria, aun cuando la terminen con PPI, reciben certificado de Secundaria. 
Los interesados en obtener el texto completo de la Resolución pueden ingresar enhttp://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/cf_resoluciones.html . Y también encontrar más información en facebook.com/asdra o enhttps://www.facebook.com/art24porlaEducacionInclusiva/ .
FUENTE: ASDRA

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